miércoles, 13 de septiembre de 2017

La Criminología como ciencia; una visión desde el paradigma positivista


La Criminología como Ciencia. Una visión desde el paradigma positivista
Por. Rubén Darío Aguilar Vanegas
2011

Noción conceptual de Criminología. Objeto de Estudio. Método de la Criminología. Ubicación de la Criminología en el marco de las Ciencias Penales. Relación de la Criminología con otras ciencias. Importancia de la Criminología (del criminólogo). Áreas de Estudio de la Criminología. Control Social.

Concepto, noción o acepciones de la Criminología:
     Criminología deviene de kriminos: crimen y logos: tratado. Fue usada esta expresión por primera vez por el antropólogo francés Paul Toppinard  hacia 1878 y seis años después (1885)  por Rafael Garófalo. Y antes que ellos Lombroso en 1876 la llamó antropología criminal. Y se ha denominado de diversas maneras: Biología Criminal, Psicología Criminal, y Sociología Criminal, nombres que parecen responder a la tendencia o enfoque parcializado o de especialización en la investigación criminológica. Por ello es considerada simplemente una disciplina que se nutre interdisciplinariamente de otras.

    De manera concisa la criminología es la ciencia que se ocupa del delito y del delincuente como fenómeno individual y social[1]. Otros autores (Sutherland 1934) la define como el cuerpo de conocimientos o cuerpo de saberes sobre el delito como fenómeno social y, que incluye dentro de su ámbito los procesos de elaboración de leyes, de infracción de leyes y de reacción a esas trasgresiones. Sin embargo, Jiménez de Asúa le llama “ciencia causal explicativa”; y como las ciencias naturales, observa y busca explicación a un fenómeno determinado: la delincuencia o el delito y tiene un objeto de estudio y un método, por ello se le puede llamar en consecuencia un ciencia.
     En un sentido estricto: la criminología es “la aplicación del estudio de las causas del crimen, al tratamiento de los criminales y a la prevención del delito”. En sentido amplio: se puede decir que es “ciencia experimental que estudia el fenómeno criminal bajo todos sus aspectos. El Profesor Jiménez de Azua decía que la Criminología es el estudio causal explicativo del delito”.
      El Profesor René Restén del Instituto de Ciencias Criminológicas de la Universidad de Poitiers define la criminología como: “La aplicación de la antropología diferencial al estudio de los factores criminógenos de origen biológico, fisiológico, psicológico y sociológico, y en la búsqueda de las bases racionales en que apoyar la profilaxis del crimen y la regeneración del criminal”. Y resulta interesante y complejo esta noción o acepción, ya que involucra a ciencias que auxilian a la Criminología, por su estrecha relación; pero también la noción expuesta por Restén, llama la atención sobre los factores criminógenos, inherentes al ser humano, tanto endógenos como exógenos (físicos -corporales y sociales). De igual manera expresa  la necesidad de encontrar las particulares maneras de prevenir el delito o de regenerar al delincuente, para reincorporarlo a una vida social útil y productiva.

       Una acepción conceptual muy aceptable y amplia es la del profesor Antonio García-Pablo de Molina Director del Instituto Universitario de Criminología de la Universidad Complutense de Madrid:

“Es la ciencia empírica e interdisciplinaria que tiene por objeto el crimen, el delincuente y la víctima y el control social del comportamiento delictivo; y que aporta una información válida, contrastada y fiable sobre la génesis, dinámica y variables del crimen -contemplado éste como fenómeno individual y como problema social, comunitario-: así como sobre su prevención eficaz, las formas estratégicas de reacción al mismo y las técnicas de intervención positiva en el infractor”[2]

Sujeto de Estudio: al ser humano y su interacción

Objeto de estudio:
·         El Delincuente: actor, protagonista de hechos, actos o comportamientos que la sociedad en principio considera reprochable y que el legislador luego los tipifica como condenable penalmente. Al criminal se le debe estudiar no sólo como ente biológico producto de influencias orgánicas, sino como consecuencia de procesos sociales, es decir, como  un producto social.
·         El Delito: aunque la acepción de delito implica evocar la violación de una norma; sin embargo la conducta desviada, no aceptada socialmente como buena, generalmente tiende a tipificarse como reprochable penalmente. El estudio debe centrarse en la conducta desviad; el, ¿por qué se asume este comportamiento?; ¿por qué es repudiada socialmente esta acción?; ¿qué genera en los grupos sociales estas conductas?. Aquí la criminología asume un rol valorativo, es decir hace juicios de valor, y en consecuencia se aparta de la labor científica; pero es excusable toda vez que el sujeto es el ser, y el fin teleológico de la criminología es humanístico.
Existe el criterio[3] de que la conducta desviada son comportamientos que infringen normas sociales como en el caso del alcoholismo, drogadicción y que la criminología no debe desviar su atención a estas acciones. Otros[4] ven en la conducta desviada un comportamiento antisocial más genérico, siendo el delito una especie. Es decir la criminalización de la conducta antisocial (desviada) se convierte en conducta delictiva, porque violenta el bien común u otros bienes jurídicos. Concretamente Kitsuse y Cicourel citados por Roldan[5] exponen que “la conducta desviada es una conducta organizativamente definida, procesada y tratada como extraña, anormal como un robo, como delincuencia, etc..”
·         Víctima: o ente sobre quien impacta la acción criminal. Que puede ser individual, colectiva (sociedad). Estudia el daño o sufrimiento de la víctima que el hecho criminal ocasiona, lo cual invita a reflexionar sobre la proporcionalidad del castigo. Según este postulado no habría delito sin víctima. Pero sin embargo aunque no se genere víctima, la actitud, acción u omisión, comportamiento que lesione o ponga en peligro intereses jurídicos tutelados, debe castigarse como delito; en las situaciones que los penalistas denominan tentativa inacabada o acabada (tentativa y frustración).
·         Control Social: formas de que dispone la Sociedad y el Estado para uniformar la conducta del ciudadano hacia comportamientos moralmente aceptados y jurídicamente convenientes.

La actividad científica de la Criminología, no se agota en la búsqueda de las causas o explicación del delito, también debe estudiar las formas de responder al fenómeno criminal, es decir de controlarlo: reprimirlo, prevenirlo, sugerir la proporcionalidad de la sanción al legislador y plantear la rehabilitación del infractor. Pero también debe medir el fenómeno delictivo con el auxilio de la estadística: criminalidad oficial y real, cifra negra, tasa de homicidios y de impunidad, índices de violencia y de peligrosidad, factores de riesgo, etc.

Métodos de la Criminología

     El criminólogo observa los diversos fenómenos sociales; observa el acto delictual, al delincuente y víctimas, el impacto social del delito, de tal manera que investiga sobre un mundo real, hechos y fenómenos constatables, medibles, cuantificables, estimados en su proyección social. Por fundamentarse en hechos reales, en la observación de una realidad empírica. Se hace hipótesis y las verifica en esa observancia real. De allí que por la observación, análisis inductivo introduce correctivos (jurídicos, policiales, sociales etc.) recoge la experiencia sobre esa realidad.
     El método de la Criminología en consecuencia pudiera decirse que es empírico, experimental. Los hechos mandan, prevalecen sobre la especulación. No es simplemente deductivo, puesto que no parte del estudio de la delincuencia como enfermedad; sino de los elementos u objetos de estudio. Estudia al delincuente y sus actos, pero esencialmente los factores que influyeron en la expresión de ese comportamiento, es decir, la criminología estudia enfermos no enfermedades. De allí que parte de situaciones particulares para dar explicación general (método inductivo), porque cada criminal tiene un entorno y una historia, es particular.  Pero en su conjunto, criminal y delito, constituyen un fenómeno social constante en todas las culturas.
     De igual forma aun cuando se ha establecido tipos delictuales tales como hurto, homicidio, estafa etc., la criminología tiende modernamente, con especial interés a individualizar al delincuente. Pues como ya se dijo, cada delincuente tiene un drama, un entorno, una familia, una psiquis, motivos, necesidades, e individual manera de enfocar los valores y mundo en que se desenvuelve. Es decir se parte del estudio del delincuente, porque su acto es el que origina la delincuencia, y se obtiene de esta forma mejores resultados; con la ayuda del método estadístico, que masifica y etiqueta grupos delictuales y formas de delinquir y delitos. La Criminología tiende a ser integradora, con sus métodos, a fin de evaluar  a la criminalidad o pluralidad de causas (observación globalizada de los delitos) y al delincuente.
    
     Así la Criminología sigue el método científico cuando construye teorías, extrae hipótesis de ellas por deducción y las somete a refutación. Por ejemplo supongamos la siguiente teoría: todo sujeto expuesto a la influencia de personas que justifican comportamientos ilícitos y desviados o que infringen la ley, tenderá a asimilarse a esas conductas. Pudiera ser que al investigar esta situación se constate que no es así; los jóvenes en general en igualdad de condiciones, primero delinquen y luego hacen amigos o se vinculan (asociación diferencial de Sutherland) a esos grupos.
     Otro ejemplo: resulta no sólo interesante sino importante conocer el peso específico de cada uno de los factores de riesgo que gravitan sobre el adolescente en los barrios del norte de Barquisimeto, es decir cuantificar objetivamente cuanto influye el desempleo, la falta de educación, entorno familiar disfuncionante, etc.; y así poder establecer el estado de peligrosidad latente, o sobre qué factor incidir para la prevención del delito. Las entrevistas semi-estructuradas, la observación participante, o tal vez las encuestas pudieran ser instrumentos para precisar esa situación.

Ubicación de la Criminología dentro de las Ciencias Penales:
Siguiendo al Profesor Jiménez de Asúa, en la elaboración sinóptica de la Enciclopedia de las Ciencias Penales, podemos ubicar la Criminología como la Ciencia Causal Explicativa:

A.     Ciencias Jurídico Represivas
o   Derecho Penal (dogmática Penal)
o   Derecho Procesal Penal
o   Derecho Penitenciario
o   Política Criminal
B.     Criminología
o   Antropología Criminal
o   Biología Criminal
o   Psicología Criminal
o   Sociología Criminal
C.     Ciencias de la Pesquisa
o   Criminalística
o   Policía Judicial Científica
D.     Ciencias Auxiliares
o   Estadística Criminal
o   Medicina Legal
o   Psiquiatría Forense                                                                        

Relación de la Criminología con otras Ciencias:

Antropología
     En los comienzos de la Criminología hace aproximadamente más de doscientos años; la Antropología tuvo mucha injerencia. Se pretendía establecer un perfil anatómico, morfológico del criminal; se relaciona estructura física, caracteres fisiológicos y psicológicos con la conducta delictual. Hoy en día la antropología auxilia a las ciencias penales como disciplina forense en la identificación de los restos humanos. La antropología es una ciencia que estudia al hombre en su doble aspecto físico y cultural. Se ocupa del estudio de sus características biológicas. Estudia la historia natural del hombre en sus aspectos evolutivos, morfológicos (anatómicos), e interacción entre la especie y el ambiente (cultural)

Sociología
     Augusto Comte en 1838 definió por primera vez la Sociología elevándola a la categoría de ciencia, y desde entonces se conoce que el ser humano no actúa simplemente por propias decisiones individuales, sino que está influenciado por las exigencias culturales, sociales. Esto ha sido corroborado,  ya que las tendencias modernas de la ciencia médica han establecido que la conducta del ser obedece en gran medida al medio ambiente social - cultural. La observación de los grupos sociales, la interacción del ser y los hechos y fenómenos sociales son competencia de la sociología, y están íntimamente relacionadas con la criminología.
     La Sociología es una ciencia que trata del modo de vida y de la organización de los diversos grupos humanos. La Criminología con la ayuda de la Sociología intenta hacer entender las causas sociales de los delitos, sin apartarse de la figura individual del delincuente. Enrique Ferri la llamó sociología criminal, proyectándola como disciplina esencial en las ciencias penales.

Psicología y Psiquiatría
     Tiene amplia relación con el estudio individualizado del delincuente y de la víctima, se relaciona con la victimología y la criminología, ya que permite develar las actitudes y mapas mentales del delincuente; cómo se condicionó su psiquis. Intenta explicar los actos, conductas a través del análisis psicológico, y establece además patrones de acuerdo a los factores que incidieron en la mente del individuo en su proceso de formación de la personalidad y desarrollo neuro-psíquico, o alteraciones en la estructuración de la personalidad.
     En 1869 Despine estudia los aspectos psiquiátricos del delincuente, conformando lo que se llamó la Psicología criminal. Sigmond Freud, con los descubrimientos del inconsciente virgen y de la motivación sexual en la conducta del ser humano, expuso explicaciones de ciertos tipos criminales.

Derecho Penal
     Se relaciona también la criminología con el Derecho Penal, Procesal Penal, instituciones a las cuales auxilia; fundamentando la normativa penal sustantiva y procesal. Es de gran ayuda al legislador en la adecuación de la norma, para establecer el tipo, así como para establecer la proporcionalidad de las penas (Más adelante comentaremos la influencia de la criminología sobre el Derecho Penal).

Criminalística
     Integra con la Criminalística el estudio del desarrollo del proceso criminoso, es decir, busca los elementos y factores que orientan hacia el o los individuos vinculados o relacionados con el hecho criminal; es la pesquisa, la indagación de cómo se materializó el crimen, sus características y modalidades; ¿por qué?, ¿Y quién lo realizó?, ¿cuándo y dónde ocurrió el hecho repudiado penalmente?,

Medicina Legal:
     La Medicina que estudia los diversos aspectos físicos, orgánicos, biológicos, fisiológicos del ser (agresor o víctima); auxilia al Derecho estableciendo diagnósticos de las lesiones psíquicas y/o físicas, tipo de agresión, magnitud de lesiones, consecuencias; estudio de los fenómenos fisiológicos que se presentan en el proceso hacia  la muerte, y después de ella. Presta la Medicina Legal valioso aporte en el entendimiento de los condicionantes fisiológicos y la expresión del agente agresor y de su acción, evidenciada en el cuerpo de la víctima; con lo cual dibuja de alguna manera un perfil del delincuente y de la voluntariedad culposa o dolosa del acto delictivo.
     La medicina ha tenido y tendrá importancia para la criminología, en la búsqueda de causas endógenas de la conducta desviada: alteraciones cromosómicas, genéticas, lesiones cerebrales tumorales, degenerativas, alteraciones endocrinológicas etc., parecen tener alguna influencia en determinadas situaciones anímicas desviadas y que veremos en el capítulo sobre endocrinología criminológica

Control Social
·         Ya lo habíamos definido de manera elemental como: el conjunto de mecanismos de que dispone la sociedad y el Estado para uniformar la conducta de los ciudadanos hacia comportamientos moralmente aceptados y jurídicamente convenientes.

García-Pablos citando a Wolff K.H.[6] lo define así: “Es el estudio de los mecanismos, a través de los cuales la sociedad despliega su supremacía sobre los individuos que la componen, consiguiendo que éstos acaten sus normas”.
     En la literatura criminológica describen dos formas:
·         Control Social Informal: que es el ejercido por cualquier persona o grupo social, que actúa en un determinado momento contra la delincuencia; siendo la familia, la vecindad, como grupo primario, o la escuela la iglesia, trabajo, como grupo secundario, quienes se sirven de medios muy diversos de naturaleza psíquica como la desaprobación, pérdida de estatus o desestima social, aislamiento del reprochado o la ridiculización. Generalmente se fundamenta y orienta en normas de conducta o guiados por lo convencionalmente aceptados como bueno por la sociedad (moral), valores y principios morales. El repudio es una forma de control social reactivo. Puesto que opera un control interno o activo, que ejercen estos grupos sociales más íntimos del individuo que orientan los procesos de internalización del deber ser y de motivación hacia el cumplimiento de las normas sociales y legales, al desarrollo de los valores altruistas de la sociedad y que en su conjunto constituyen mecanismos de prevención, son de la familia, la escuela, la comunidad y la iglesia juegan un rol fundamental, dada la estrecha influencia que ejerce en los individuos desde su nacimiento, niñez y adolescencia; etapas de formación de la personalidad y de la estructura social-personal.
Es el control social informal más eficaz contra la delincuencia, que el formal; constituye la primera barrera de defensa de la sociedad contra las influencias criminógenas.
·         Control Social Formal: son el conjunto de mecanismo de que se vale el Estado para la vigilancia y seguridad de la ciudadanía; defensa y represión contra la criminalidad, prevención,  procesamiento del delito y del delincuente; por lo cual debemos incluir el aspecto legislativo o leyes que tutelan los bienes jurídicos, policías, Ministerio Público, tribunales de la República, internados judiciales y centros de resocialización.
    
     Entonces, ¿De quién depende esencialmente procurar conductas uniformes, armónicas con valores y principios? ¿Cuáles de los controles sociales resultaría más eficaz?

Resumen sobre la importancia de la Criminología
     El criminólogo, estudioso de los fenómenos sociales, que en esencia es un sociólogo, observa las conductas que resultan rechazadas por los grupos sociales, algo así como “el comportamiento convencionalmente aceptado por la sociedad como malo”, es decir anti-moral; (dado que lo opuesto a lo citado, se denomina moral). Percibe el impacto deletéreo o dañino que esos comportamientos o actitudes producen en el seno de la sociedad o grupos sociales. Ve la frecuencia con que se repiten; los elementos que influyen en la génesis de dichos comportamientos y, en consecuencia le informa al  (Estado) legislador, sobre este determinado fenómeno y como perturba a la sociedad, para que éste establezca la advertencia punitiva, es decir tipifique la conducta (como infracción, falta o delito). Además puede asesorar al legislador y administración de justicia sobre la proporcionalidad del castigo (pena). O sea, actúa en los mecanismos represivos del crimen. Pero además asesora al Estado (ejecutivo) sobre las maneras de prevenir esta conducta. Y de acuerdo al estudio del delincuente y su entorno, proporcionar información sobre el sitio de reclusión, la manera de rehabilitar al sujeto infractor. También está en capacidad de orientar a la sociedad, entes o grupos sociales sobre la forma de prevenir y combatir esas tendencias delictivas.
     Vistos estos roles que cumple el criminólogo, bien se puede interpretar la importancia de la Criminología.
     Luis Jiménez de Asúa sentenciaba ya hace medio siglo: “ha de llegar un día en que el Derecho Penal sea inspirado y ejercido por los criminólogos, y entonces no será Derecho Penal … La Criminología se tragará al derecho Penal .. Muerto el Derecho Penal, la Criminología, en un vuelo que ahora no sospechamos, será la única ciencia competente para corregir a los hombres…”

Áreas de Estudio de la Criminología


Delito

                       Delincuente                                                                                Víctima
                                                                                                                          
                                                                                                                                     
                                                                                                                                      

                                                                     Control Social                                                                                                                     

                                                                                  





[1] Serrano Maíllo A., Introducción a la Criminología, 5º Edic. Edit. Dykinson España 2008
[2] García-Pablos de Molina A. España 2003 Obra Citada
[3] Serrano Maíllo A España 2008 Ob cit
[4] Silva Rodríguez A., Criminología y conducta antisocial, Edit. Pax México 2003
[5] Roldan Barbero H., Introducción a la investigación Criminológica, 2º Edic. Edit. Comares Granada España 2009
[6] García-Pablos de Molina A. Tratado de Criminología TiranLoBlanch 3era Edic. Valencia 2003 p.82

martes, 12 de septiembre de 2017

Estudio francés sugiere detectar criminales en potencia



Un estudio francés sugiere detectar criminales en potencia observando determinadas conductas infantiles
http://www.diariodeleon.es/noticias/internacional/estudio-frances-sugiere-detectar-criminales-potencia-observando-determinadas-conductas-infantiles_247262.html

efe | parís efe | parís 05/03/2006

Un estudio que recomienda detectar alteraciones del comportamiento desde la más tierna infancia para evitar que se gesten futuros delincuentes ha causado revuelo en el sector educativo y de la psiquiatría infantil de Francia. Titulado «Alteraciones mentales, diagnóstico precoz y prevención en niños y adolescentes», el estudio del Instituto nacional de la salud y de la investigación médica (Inserm) preconiza «detectar las alteraciones del comportamiento desde la guardería y el parvulario». Los autores del informe estigmatizan como patológicos «las cóleras y los actos de desobediencia» y los presenta como indicadores que pueden alertar de una futura delincuencia. Niños de entre dos y tres años que presenten «frialdad afectiva, tendencia a la manipulación, cinismo y agresividad», y que sean impulsivos, poco dóciles y tengan un «índice de moralidad baja», son presentados como futuros delincuentes en potencia. Tal lectura ha indignado a los profesionales de la psiquiatría infantil que han lanzado una campaña en Internet de recogida de firmas en contra de ese informe, a la que se han sumado profesionales de la enseñanza, magistrados y simples ciudadanos. Los promotores de esta iniciativa temen que ese estudio publicado el pasado septiembre sirva de terreno fértil para implantar la política de refuerzo de la seguridad sobre la que trabaja el ministro de Interior, Nicolas Sarkozy (Años después fue presidente de Francia). «Pan bendito para Sarkozy» Este informe «viene a dar un barniz científico y médico al enfoque de la delincuencia del Gobierno (conservador).¡Es pan bendito para Sarkozy!», denuncia Bruno Percebois, miembro del sindicato nacional de médicos de la Protección Materna e Infantil (PMI). «Es muy peligroso ponerle una etiqueta a un niño de tres años y fijarse en un comportamiento que podría ser pasajero, es un escándalo», según la vicepresidenta de la asociación francesa de sicólogos escolares, Suzanne Guillard. Advierte, además, de que «la forma de evaluar a un niño depende mucho del nivel de tolerancia del adulto». «Ninguna persona en el mundo puede predecir si un niño de dos o tres años con problemas de comportamiento será un delincuente doce años más tarde», asegura, por su parte, el jefe del departamento de psiquiatría del hospital Necker de París, especializado en medicina infantil. Colgar el «sanbenito» de «futuro delincuente» choca enormemente a los educadores, que ven en este pensamiento un «determinismo» sobre la delincuencia y una justificación para medicar a los pequeños. 

lunes, 11 de septiembre de 2017

Teoría Criminológica



TEORÍA CRIMINOLÓGICA
Resumen monográfico (2010) 
Por Msc. Rubén Darío Aguilar Vanegas

  • Teoría como constructo: noción conceptual de Teoría

Una definición muy difundida de teoría es un conjunto de proposiciones interrelacionadas capaces de explicar porque ocurre un fenómeno[1].
Kerlinger y Lee (2002) exponen en su libro[2] que el objetivo fundamental de la ciencia es encontrar una explicación a los fenómenos y entenderlos en procura de solución o comprensión, en consecuencia esa explicación es una teoría, de allí que afirman estos autores que el objetivo básico de la ciencia es la teoría y la definen así: “Teoría es un conjunto de constructos (conceptos) interrelacionados, definiciones y proposiciones que presentan una visión sistemática de los fenómenos al especificar las relaciones entre variables, con el propósito de especificar y predecir los fenómenos” (p.10).
El profesor de Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Madrid (UNED) Serrano Maíllo (2008)[3] define a la teoría como “conjuntos de hipótesis o conjeturas organizadas más o menos sistemáticamente que pueden someterse a contrastaciones mediante la observación de hechos empíricos” (p. 191).
Pero también Serrano-Maíllo (ob. cit.) construye de una noción conceptual de teoría, señala: “Teorías son modelos que intentan reflejar una realidad, definirla, establecer conceptos explicativos, proyectar in abstracto directrices o leyes, relaciones causales. Las hipótesis que se derivan de la teoría se someten a refutación y se contrastan con la realidad.
En ese orden, veamos por ejemplo la “teoría de la disuasión” como profilaxis criminológica o prevención general. Esa teoría sostiene como proposición que  las penas ciertas (en su cumplimiento)  y severas, tenderán a prevenir la comisión de hechos punibles.. Funcionando como amenaza punitiva; sin embargo: la pena de muerte y las penas perpetuas han demostrado en la realidad que en las naciones donde se aplican, no ha dejado de ocurrir delitos graves o mayores, y en muchos casos ha aumentado. Es una hipótesis muy antigua (miles de años antes de Cristo) y que se ha podido contrastar con la observación. Prueba de ello es el endurecimiento del Derecho Penal en el mundo entero y la tendencia a mayor criminalización de comportamientos, debido a la aparición de nuevos medios y maneras de cometer delito, diversificación de los hechos reprochables socialmente, proyección mundial de la delincuencia organizada: terrorismo como el más grave de los delitos, secuestro, extorsión, entre otros; lo que ha suscitado crecimiento de las legislaciones penales de las naciones (en tipificación y en penas) que desde el siglo XX se conoce como Derecho Penal del Enemigo y, Derecho Penal Expansivo.
Sin embargo a pesar de la amenaza punitiva con fines disuasorios, parece no ser enteramente eficaz en revertir la estructura social defectuosa, o en lograr socialización eficiente en la población.
Otro ejemplo, los postulantes de la teoría del etiquetamiento (labeling approach) establecen que la estigmatización de un sujeto como delincuente, le conduce a desarrollar una carrera delictiva. Esa hipótesis aunque si puede ocurrir en algunos casos, también se puede desarrollar una carrera delictiva sin haber sido etiquetado.
Este mismo autor (Serrano-Mailló) ofrece otra definición complementaria: “Las Teorías Criminológicas generalmente son explicaciones amplias y precisas que aspiran a proponer deductivamente hipótesis claras y consistentes entre sí que puedan someterse a intentos de refutación y superarlos con éxito”.. y agrega: “La función o rol de la teoría es explicar, dentro de un marco de estudio, cuantos más fenómenos mejor, y de la manera más precisa, completa y a la vez sencilla posible”. Así las teorías no son meras descripciones de fenómenos que involucran al hecho punible y al delincuente; no sólo sirven para establecer predicciones; debe ofrecer explicaciones razonables de los fenómenos criminológicos.
James Q.  Wilson y George L. Kelling citado por García de Pablos y de Molina(2003)[4] enunciaron la teoría de la ventana rota, cuya muy sucinta hipótesis señala que “los pequeños desordenes llevan a mayores desordenes y quizás incluso al crimen. Los crímenes callejeros serios florecen en áreas en las cuales el comportamiento desordenado se mantiene impune”. De lo cual puedo inferir que la socialización deficiente, genera una estructura social defectuosa, sin control social (ni formal ni informal), en la cual la deficiente vigilancia de las autoridades, y menos control de los ciudadanos, (impunidad) fomentándose zonas y condiciones de mayor oportunidad para delinquir, promoviendo mayor desorganización social, cerrándose en un círculo vicioso que es iniciado por pequeños desordenes sin corrección.
  •  Contenido dinámico de las teorías criminológicas

Serrano-Maíllo (ob. cit.) expone algunos contenidos de las teorías criminológica, considerándolas el corazón de éstas y que originariamente fueron enunciadas como dimensiones analíticas interrelacionadas” por Einstadter y Henry en 1995, también llamadas: «asunciones latentes» o proposiciones articuladas”. Según estos autores (argumento citado por Serrano Maíllo) esas proposiciones son:
1.-Naturaleza humana y el comportamiento humano: toda vez que el delito es producto de una elección racional, lo cual resultaría coherente con un ser humano libre que ejerce su libre albedrío. También puede interpretarse como que el ser humano  es un ser determinado, es decir no libre, que se ve impulsado al delito en cuanto los beneficios superan los costes; o que se ve impelido por condicionamiento socioculturales.
2.- La lógica causal: elemento que desde la criminología positivista se sigue sosteniendo como parte del concepto de la criminología (disciplina causal explicativa): ¿porque algunas personas delinquen?, ¿Por qué unas más que otras?; ¿Por qué existe una determinada tasa de delincuencia en una sociedad o comunidad dada?; ¿Porque esa tasa de criminalidad varia en una misma comunidad?. Y en esta asunción latente (proposición articulada) se han detenido las investigaciones criminológicas desde antes de Platón, señalando como causas:  la ignorancia o falta de educación, la búsqueda del placer, la pobreza, el estatus social, empleo, antecedentes familiares delincuenciales, maltrato, abuso, adicciones, fracasos conyugales, laborales… Pero es que una teoría criminológica no es simplemente una lista de factores causales o eventos vivenciales sociales, biológicos o culturales. De todo lo cual se ha abusado en trabajos de investigación, tesis de postgrado, asignándole a esos listados rango de teoría. Debe haber una correlación entre ese factor y el hecho punible o actos criminales, estadísticamente concatenados. Por ejemplo, con estas dos proposiciones ya podemos construir dos variables: la naturaleza humana y un evento o fenómeno causal, de allí que pudiéramos rudimentariamente hablar de causalidad o relación entre dos o más fenómenos (variables):
Variable Independiente: La variable que influye sobre otra y afecta sus valores. En términos de causalidad, esta variable influye causalmente en la dependiente.
Variable Dependiente: La variable que es influida por la independiente
El concepto de causa criminológicamente debe contener: La existencia de una correlación entre dos fenómenos y que el que constituye la variable independiente sea previo al otro
Ej: los trastornos de la personalidad y las enfermedades mentales son causa del delito (anormalidad biopsicológica –› delito).
Analice este otro ejemplo, Hipótesis: “El consumo de drogas es temporalmente previo a la comisión de delitos; quien cae en el la farmacodependencia luego cometerá delitos”
Variable independiente: consumo de drogas. Delito (VD).  El consumo de drogas es temporalmente previo a la comisión de delitos; quien cae en la farmacodependencia luego cometerá delitos (?). Si no se verifica la hipótesis las variables se invierten.

En esta "proposición artículada", vale la pena unas pinceladas sobre los Enfoques Plurifactoriales  (no teorías) y en principio se debe definir:
ü Factores Concurrentes
Factores o circunstancias que  se estima influyen en el delito, aunque no siempre es así, como tampoco los mismos factores concurrentes tienen idéntico valor o peso cuando inciden en distintos sujetos (Serrano Gómez (1978)
ü Factores de Riesgo: Es una situación o circunstancia que predice una cierta probabilidad de que se delinca en el futuro. Estos factores deben correlacionarse y son considerados factores previos al delito. Vásquez González (2003) Monografía sistematización de factores de riesgo
Factores Individuales:
Biológicos, Físicos, Psicológicos inhibidores y facilitadores de la competencia social: insuficiente desarrollo de estructura cognitiva, bajo auto concepto, pensamiento egocéntrico, déficit en el comportamiento afectivo, deficiencias en el conflicto familiar, déficit en habilidades sociales, impulsividad…
Factores Familiares:
Falta de supervisión de los padres, actitudes crueles, pasivas, negligentes y violentas de los padres; disciplina férrea; conflictos familiares; malos ejemplos de conducta; falta de comunicación entre padre e hijos; carencias afectivas, falta de enseñanza de valores; marginación socioeconómica..
Factores Socioeducativos:
Fracaso escolar, vandalismo escolar
Otros Factores Socio-ambientales:
Grupo de amigos, desempleo, drogas, medios de comunicación

 Las otras “dimensiones analíticas interrelacionadas”, “asunciones latentes”, "proposiciones artículadas" o simplemente ocontenidos esenciales en toda teoría criminológica están según Einstadter y Henry (citado arriba)
3.- La sociedad y el Orden Social:
4.- Proyectar el rol de la Ley, la definición del delito y la imagen del delincuente.
5.- Las implicaciones de justicia criminal
En estas dimensión  encontramos el control social informal o estructura moral del tejido social que limita o censura comportamientos socialmente reprochables; y por otro lado el control social formal que comparte con el Estado en su andamiaje de estructuras disuasivas, represivas y sancionadoras (como la ley, policías, tribunales, centros penitenciarios y entes educadores y criminalizadores del Estado –Programas educativos-legislador penal-). Proposiciones que deben estar en continuo ajuste en una nación.

Importancia de las Teorías Criminológicas
Según Serrano (ob. cit.) podemos sintetizar que la teoría debe guiar la investigación;  explica etiológicamente la criminalidad, no basta producir «catálogos» de factores de riesgo. En la teoría se organiza las medidas de prevención y control del delito que se vayan a tomar. Así la política criminal debe estar basada en teoría y en hechos. Permite una defensa seria contra posturas intolerantes y falsas; y finalmente la teoría ofrece generalizaciones abstractas sobre el delito, es decir pone cierto orden y selección a los factores más relevantes.

Los dos polos explicativos de la criminalidad
El surgimiento del positivismo criminológico, lombrosiano, implicaba el hecho reprochable social y penalmente a desordenes bio-psico-orgánicos o endógenos, época cuando se llegó a denominar a la criminología: “antropología criminal” marcó la etapa del derecho penal de autor, cuando se establecía el castigo según cuan peligrosos era el presunto culpable. Sin embargo los juristas de la Escuela clásica ganaron el debate sancionatorio exponiendo el delito como hecho jurídico y la pena como una retribución al mal ocasionado por el delito (pena retributiva) y estableciendo en los códigos penales que se castiga por el hecho cometido (no por la peligrosidad del procesado), con penas establecidas según el hecho, en la letra de la norma penal.
Ahora bien la criminología entró en una brillante etapa sociológica, de hecho se le llego a denominar “sociología criminal” con Ferri, y surgieron las teorías sociológicas del delito:

Explicación sociológica del delito
A.- Teorías de la socialización deficiente
Estas Teorías parecen centrar su explicación de la delincuencia en procesos deficientes de socialización –unas más que otras-; es decir los individuos exhiben un defectuoso proceso de aceptación de pautas de comportamiento social o para adaptarse a ellas; ya sea por un defectuoso aprendizaje en la infancia, o por imitar, asociarse o integrarse en diversos grupos o subculturas delincuentes. Me permití mencionar algunas emblemáticas:
1.-Teoría de la Desorganización Social  Escuela de Chicago (Teoría Ecológica Urbana)
2.-Teoría de la Asociación Diferencial de Sutherland
3.- Privación de Status y Subcultura delictiva de Albert Cohen (1955)

B. Teorías de la Estructura Social Defectuosa
Las teorías que a continuación se enuncian, asumen en menor o mayor grado  que la causa principal de la delincuencia estriba en el trastorno y la inestabilidad de las estructuras e instituciones sociales, Deterioro del tejido social en sus esencias morales o valorativas, y que facilita la criminalidad como consecuencia de la desorganización social.
1.- La Anomia según Emile Durkheim (1858 – 1917)
2.-Teoría de la Estructura Social y de la anomia o Tensión Anomia de Robert K. Merton (1910- 2003)
4.-Teoría General de la Delincuencia o del Autocontrol o de Arraigo Social de Gottefredson & Hirschi.
5.- Teoría de la Ventana Rota.  James Q.  Wilson y George L. Kelling

C.- Teorías de la Criminalización o Teorías del Conflicto
Finalmente aparece una nueva tendencia criminológica hacia los años sesenta del Siglo XX, que constituye una reacción contra la criminología tradicional, la que hasta ahora hemos descrito, basada en el paradigma del consenso, es decir que concibe la criminalidad como un hecho, fenómeno y problema social real, que debe ser explicado y controlado. Por el contrario el paradigma base de esta reciente tendencia criminológica (grupo de teorías) es el conflicto: la delincuencia, los delincuentes sólo existen en la medida que los mecanismos de control establecidos los definen y los tratan como tales[5]
     Además consideran estos teóricos que las leyes y la justicia son una mera consecuencia resultante de la delincuencia existente en la sociedad. Las normas, leyes, pautas sociales definen la conducta o los comportamientos que exhiben los grupos socioeconómicos desfavorecidos como delictivos; dicho de otra manera los mecanismos de control social son los que en realidad definen y crean la delincuencia existente en la sociedad. Como ejemplo de estas citaremos algunas relevantes:
1.- Teoría del Etiquetado (Labeling Approach) o Teoría de la Reacción Social
2.- La Teoría estructural-marxista de la producción de la delincuencia juvenil
3.-Criminología Crítica
4.- La Teoría Unificada del Conflicto

Características o Criterios de Evaluación de las Teorías Según Serrano-Maíllo (ob. cit.)
1.- Coherencia interna: su conjunto sistemático de hipótesis deben estructurarse de la manera más lógica posible.
2.- Ámbito de aplicación de la teoría: cuanto más amplio sea, tanto más preferible será
3.- Simplicidad: cuanto más sencilla más fácil de refutar será y más preferible. Sencilla será, si concurren el menor número posible de afirmaciones, de distinciones y de excepciones
4.- Precisión: las teorías deben definir sus conceptos y variables, sus procesos causales y sus predicciones de la manera más precisa posible.
5.- Apoyo empírico: que se sometan efectivamente a serios intentos de contrastación, mediante investigaciones empíricas, si esto se cumple más verosímil será la teoría.
6.- Aplicación práctica: útil para la prevención y control de la criminalidad




Referencias citadas
[1] http://www.tecnicas-de-estudio.org/investigacion/investigacion14.htm
[2] Kerlinger  F. y Lee Howard (2002) “Investigación del Comportamiento. Método de Investigación en Ciencias Sociales” 4ta Ed. Mc Graw-Hill; Libro en línea: https://psicologiaexperimental.files.wordpress.com/2011/03/kerlinger-y-lee-cap-1.pdf (p.10 y 11)
[3] Serrano-Maíllo A (2008) Introducción a la Criminología5ta Ed. Dykinson. Madrid
[4] García-Pablos, A. (2003). Tratado de criminología, (3ª ed.).Valencia, España: Tirant Lo Blanch. 
[5] Garrido V., Stangeland P., y Redondo S. ob cit. 2006 p.386

Corrientes Criminológicas potmodernas

Las Corrientes Criminológicas Post Modernas
(Explicación Sociológica de la delincuencia)
Tomado del TG del Prof.. Rubén D. Aguilar Vanegas “Tendencias  postmodernas  penales  y  criminológicas frente a la legislación penal venezolana desde un enfoque epistemológico” (May/2015) pág. 64-78


            A continuación se describirán algunas de las corrientes criminológicas que se conocen como explicaciones sociológicas del crimen aglutinando las más relevantes teorías explicativas del comportamiento delictual en teorías de socialización deficiente, teorías de la estructura social defectuosa y las teorías del conflicto.

Teorías de la Socialización Deficiente

            Vázquez (2003) al analizar las tendencias sociológicas que intentan explicar la criminalidad describe algunas teorías que en mayor o menor grado enfocan las causas de la criminalidad en los procesos de socialización deficiente; así menciona a las Escuelas de Estadística Moral de Guerry y Quetelet, la de Lyon con Lacassagne y Tarde y las Teorías del Aprendizaje y de la Subcultura Delincuente.
            En principio esos procesos implican que los individuos exhiben un defectuoso proceso de aceptación de pautas de comportamiento social o de adaptación a 

ellas, refiriéndose a normas éticas y valores humanos que se siembran desde las primeras etapas de la vida humana; ya sea por un defectuoso aprendizaje en la infancia o por imitar o asociarse o integrarse en diversos grupos o subculturas delincuentes.    

            Se puede estimar que Edwin Sutherland citado por Garrido, Stangeland y Redondo (ob. cit.) hace en su teoría de la Asociación Diferencial una relevante aproximación explicativa de las causas del comportamiento delictual que resume en gran parte el proceso de socialización. Este criminólogo egresado de la Escuela de Chicago (1883-1950), en su última edición de su libro “Principios de la Criminología” de 1947, expuso “que la delincuencia no es el resultado de la inadaptación de los sujetos de la clase baja, sino del aprendizaje que individuos de cualquier clase y cultura realizan de conductas y valores criminales” (p.357). Decía este autor que se debe comprender porque un individuo comete delito, si no, no se puede explicar el fenómeno criminal de manera global. Él considera las siguientes premisas:
            La causa de que estos individuos se conviertan en delincuentes es por el contacto íntimo, excesivo del individuo con definiciones favorables a la delincuencia y alejados de definiciones contrarias al delito. Así el orientar la conducta por principios, valores o por la ley, sería una definición favorable al cumplimiento de la norma, la mayoría de la población, al parecer  se ajusta a este impulso o motivo contrario al delito y actúan honestamente. Por ello el principio fundamental de su teoría es la “asociación diferencial” contraria a la ley: es decir el individuo se orienta por definiciones opuestas al ordenamiento ético y legal de la sociedad; y que él las denomina asociación diferencial negativas; y positivas aquellas favorables a la ley.
            En consecuencia la conducta delictiva es aprendida, no heredada ni inventada, debe el delincuente haber tenido alguna percepción del entorno social en que se desenvuelve y cierto entrenamiento. Menciona como mecanismos de aprendizaje de la conducta delictiva: la asociación de estímulos y la imitación de modelos; en esta interacción se aprende las técnicas de comisión del delito y los motivos o impulso voluntario o internalización de la motivación que refuerza el ánimo de delinquir. Textualmente expone que la asociación diferencial de los individuos con ciertas definiciones favorables o contrarias a la delincuencia, puede variar en frecuencia (número de veces), duración (tiempo de contacto), en prioridad (asociación anterior en el tiempo) y en intensidad (dependiendo de la compenetración emocional del individuo con la fuente asociativa.
            Sutherland sugiere que los contactos precoces con el delito en la infancia (las primeras asociaciones) son más influyentes. De igual manera sugiere una infancia en contacto con definiciones favorables a la ley, inciden de manera más duradera en el sujeto, que si los contactos favorables se producen después. Finalmente considera que la necesidad de ser feliz o la experiencia de la frustración, no explica la causa de la delincuencia, puesto que tanto delincuentes como no delincuentes buscan un estatus superior y la felicidad y también sufren algunos reveses o fracasos en la construcción de su proyecto de vida.
            Esta teoría de la “asociación diferencial” es consecuencia del aprendizaje, a través de asociaciones o contactos en una sociedad plural cada vez más conflictiva. Y debe señalarse que este proceso de aprendizaje tiene lugar en el seno de las relaciones más íntimas del individuo es decir los grupos primarios como la familia, escuela, iglesia, así la influencia criminógena dependerá del grado de intimidad del contacto interpersonal.
            Otra visión de la socialización deficiente la expone Albert Cohen citado por Garrido, Stangeland y Redondo (ob. cit.) y quien utiliza el constructo de la “subcultura delincuente”, como proceso social a través del cual un grupo de individuos se aparta total o parcialmente de las pautas, normas o reglas de valores fijadas o seguidas por los grupos mayoritarios. En opinión de Cohen los jóvenes de las clases bajas norteamericanas, por la incapacidad de lograr un estatus, una aceptación adecuada en la sociedad convencional, generan una tensión que los induce a expresar conductas desviadas. Así, la privación de estatus, conduce a la frustración de estatus e ingresan a una subcultura delictiva que les ofrece aprobación y reconocimiento, sin importar el origen del reconocimiento.
            Como quiera que todas esa teorías o posturas criminológicas convergen en la deficiencia en internalizar valores y principios, conductas morales, en consecuencia proyectan la culpabilidad al control social informal y muy especialmente al fracaso de los grupos primarios de la sociedad, todo lo cual conduce a una crisis de valores y a una estructura social defectuosa, plataforma que genera no sólo perpetuación de la delincuencia sino aumento exponencial de la misma.

Teorías de la Estructura Social Defectuosa

            Las teorías de la Anomia de Durkheim, de la Tensión Anomia de Merton, o de la Ventana Rota, referidas por Serrano (2008), son las más relevantes exponentes de la estructura social defectuosa, asumen en menor o mayor grado  que la causa principal de la delincuencia estriba en el trastorno y la inestabilidad de las estructuras e instituciones sociales, dicho de otra manera: la criminalidad es consecuencia de la desorganización social.
            Es imperativo recordar a Emile Durkheim, sociólogo y antropólogo francés, a quien en la literatura sociológica y criminológica se le señala como el primer investigador que utilizó el término anomia referido al delito, esencialmente en su obra Le suicide Estude du sociologie en 1897 citado por Serrano (ob. cit.), ese autor francés precisaba que los individuos orientan su comportamiento social con un sistema de valores adquiridos e internalizados en sus grupos sociales, es decir están influenciados por valores primarios,  que son los que ejercen el control social y que el delincuente es aquel incapaz de adaptarse a esos valores dominantes de la sociedad. Y cuando esa situación se generalizaba conducía a la anomia.
            Ahora bien,  ¿quién o quiénes son los que determinan tal o cual conducta reprochable?. Durkheim citado por Serrano (ob. cit.), señala que son los tipos sociales dominantes los que constituyen la conciencia colectiva. De tal forma que la mayoría de los individuos de la sociedad se enfrentan a la minoría delincuente, aquellos grupos en posición de superioridad los que indican lo convencionalmente aceptable como bueno y correcto. De esta manera, se puede interpretar de la teoría de Durkheim, que se establecen dos bandos en la sociedad: uno con conciencia e identidad colectiva (solidaridad social), que vela por la indemnidad del tejido social; y el otro criminal y anómico.
            De lo cual se desprende que si el Estado sanciona o penaliza al delincuente, refuerza la solidaridad social o cohesión interna de la sociedad; en consecuencia el mensaje sería: que vale la pena comportase honesta y correctamente; el ciudadano mantendría la confianza en el sistema y la utilidad de sus sacrificios. Pero si fracasa en ese propósito proyectando la impunidad, el mensaje es contrario y peligroso.
            En relación con el sistema de valores que orientan el comportamiento social Durkheim citado por García-Pablos (ob. cit.), a finales del siglo XIX exponía:

"En la moderna sociedad los poderes morales han experimentado una profunda crisis. La religión ha perdido su imperio; los poderes públicos asumen y practican el ideario del dejar hacer, dando rienda suelta a las incontrolables apetencias de las fuerzas económicas, que se ven liberadas de todo límite. Dejan de ser un factor moderador y regulador de la vida económica para convertirse en instrumento y servidor de ésta. La apoteosis del bienestar se proyecta como el fin supremo de los individuos y sociedades. De esta manera, se genera un estado de crisis permanente que deviene normal la anomia .. Anomia es la no aceptación de la norma, es un fenómeno patológico de desorganización social, que se da cuando las normas no satisfacen al individuo o cuando el individuo no está integrado a la sociedad, se desvía en la conducta tradicional o convencionalmente aceptada,, Ocurre la destrucción de la solidaridad social, existe una división patológica del trabajo, el apoyo fraternal se pierde, debilitamiento de la conciencia colectiva, estado de desintegración social, es en suma el fracaso o ausencia de un sistema de convicciones morales, anteriormente arraigada colectivamente” (p. 793).
    
            Se pudiera temerariamente puntualizar que Durkheim presenta dos formulaciones; la consideración del delito como un fenómeno social normal, inevitable, sensible y hasta necesario; y por otra parte la teoría de la anomia, como defectuosa estructura social o un fenómeno social que debido a la falta de regulación o de control social suficiente, impulsa a los individuos a la desintegración de los soportes morales o desorganización y en consecuencia al delito.

            Robert Merton, citado por García-Pablos (ob. cit) sociólogo estadounidense, en una publicación en 1938 y que posteriormente revisó y amplió en 1949, se plantea una visión utilitarista de la anomia, es decir un conflicto entre medios y fines. Los medios que bien pueden ser legítimos desde el punto de vista moral y por la licitud, pero estos medios suponen un esfuerzo mayor para el logro y también más dilatado de alcanzarlo. La competitividad establece una prioridad que exige la sociedad moderna: dinero, propiedades status social (fines u objetivos sociales), para lo cual algunos individuos y grupos sociales imprimen un desesperado impulso, apremio por alcanzar dicho éxito, utilizando sutilmente medios ilícitos, que no son advertidos por quienes tienen la gestión del control social.
            Para ejemplificar tales consideraciones, Garrido, Stangeland y Redondo (ob. cit.) refiriéndose a la teoría de la tensión anomia de Merton, citan su postulado más emblemático: “el sueño americano promueve el ideal de que todo ciudadano dispone de igualdad de oportunidades para lograr el éxito, pero en realidad los grupos desfavorecidos y la clase baja no tienen un idéntico acceso a tales oportunidades legítimas” (p. 233). En consecuencia surge la disconformidad mencionada por Merton como tensión, disconformidad de los individuos que confrontan principios, valores, y normas sociales; por lo que ciertos grupos no acatan, soslayan o evitan. Buscan aliviar la tensión que genera la discrepancia que existe entre las necesidades del ser humano (objetivos sociales) y los medios que ofrece la sociedad para satisfacerla (capacidad laboral y adquisitiva) y, en consecuencia se busca mecanismos de ajuste o de respuestas frente a estas discrepancias, que frecuentemente resulta en el delito.
            En efecto, esto se entiende de las hipótesis propuestas por Merton (ob. cit):

"Una, cuando la estructura social es incapaz de ofrecer oportunidades legítimas para el logro de valores culturales, y en consecuencia se produciría un estado anómico. La segunda hipótesis, los sentimientos y emociones de frustración que pueden experimentar los individuos. Así en situaciones de tensión de la estructura social por la imposibilidad de logros por medios legítimos de los objetivos sociales, los individuos pueden sentirse tensionados y dispuestos a buscar dichos objetivos por medios ilegítimos, ilícitos". (p.233). 
Sin embargo, otros mecanismos de ajuste lícitos que Merton menciona, algunas conductas como respuestas, o tipología de modos de adaptación individual o modos de comportamientos como la conformidad, la innovación, el ritualismo, retraimiento e incluso la rebelión o revoluciones o manifestaciones de masas o estallido social, cuyo ejemplos de éste último mecanismos de ajuste pueden mencionarse: el movimiento “15M” español en la Puerta del Sol de Madrid, la versión angloamericana: “occupy Wall Street” en New York, o la “manifestaciones (guarimbas)” en Venezuela, Protestas estudiantiles y de grupos indígenas en Chile, entre otras.

            Se le critica a Merton su posición sobre los objetivos sociales o fines del individuo, metas que él señala como solamente económicas (éxito) desde el punto de vista utilitario. Argumenta sobre el “sueño americano” tal como se vende en las vitrinas de la sociedad norteamericana: poseer y tener como únicas metas que propician bienestar; soslayando las metas sociales, culturales, la gratificación personal de logros académicos o el reconocimiento de los familiares, amigos u miembros del grupo social.
            Visto de esta manera, los controles institucionales sociales y del Estado se hacen meras apariencias simbólicas; se pierde el respeto por los valores absolutos (honestidad, justicia..). Es decir la sociedad vive una persistente crisis de valores, en la que se pierde la regulación de la conducta desviada; esa regulación se balancea entre la ventaja lucrativa personal y el miedo al castigo y este último parece distante en la sociedad anómica donde crece la impunidad.
            
               Otra óptica basada en la percepción vivencial y que evidencia la estructura social defectuosa como consecuencia de la socialización deficiente, es la Teoría de la Ventana Rota propuesta hacia 1982 por Wilson y Kelling (citado por Garrido, Stangeland y Redondo ob. cit), la cual “intenta explicar el circulo vicioso que parece producirse en las grandes ciudades; por un lado, la existencia de un control social informal debilitado y por otro, una delincuencia en aumento” (p.442).
            Exponen estos autores que en las urbes se percibe excesivo miedo a la criminalidad, la ansiedad se generaliza, se evita salir o circular en las barriadas, se pierde el control social efectivo e incrementa la delincuencia, en otras palabras, el hampa crece en las áreas donde el comportamiento desordenado y criminal se mantiene impune.

Teorías de la Criminalización o Teorías del Conflicto

            Hasta ahora se han descrito las ponencias sociológicas explicativas de la criminalidad o lo que la doctrina ha llamado el paradigma del consenso es decir que concibe la criminalidad como un hecho, fenómeno y problema social real, que debe ser explicado y controlado, puesto que la organización social estaría basada en el acuerdo o consenso sobre los valores y normas a tutelar, con el propósito de proteger el interés general. Pero surgió desde los años sesenta del Siglo XX una nueva tendencia o corriente del pensamiento criminológico como reacción a aquella criminología tradicional: las teorías del conflicto.
            El paradigma base de esta tendencia criminológica (grupo de teorías) es el conflicto: la delincuencia, los delincuentes sólo existen en la medida en que los mecanismos de control establecidos los definen y los tratan como tales. A este respecto Stangeland, Garrido y Redondo (ob. cit.) citan a Vold y Bernard  y aclaran la definición de esta tendencia criminológica:

Sugiere esta corriente criminológica, que la sociedad está formada por grupos distintos con valores e intereses contrapuestos, de manera que no puede considerarse que la organización de Estado represente los valores e intereses del conjunto de la sociedad. Más bien se afirma que representan los valores e intereses de grupos que tienen suficiente poder para controlar el funcionamiento del Estado (p. 402). 
            Además consideran estos teóricos que las leyes y la justicia son una mera consecuencia resultante de la delincuencia existente en la sociedad. Las normas, leyes, pautas sociales definen la conducta o los comportamientos que exhiben los grupos socioeconómicos desfavorecidos como delictivos; dicho de otra manera los mecanismos de control social son los que en realidad definen y crean la delincuencia existente en la sociedad.
            Se ha amalgamado en este grupo de teorías del conflicto la teoría de la reacción social, también conocida como teoría del etiquetado labeling approach (comentado por Garrido, Stangeland y Redondo, ob. cit.) y explican sus autores Erving Goffman, Edwin Lemert y Howard Becker (exponentes de la nueva Escuela de Chicago), que la sociedad define la conducta desviada, conceptualiza la connotación criminal, al señalar una condición social, económica o étnica como una conducta desviada primaria y ello propicia una progresión hacia una desviación secundaria

            Los mecanismos de control social, entiéndase las leyes, gestión policial, procesos judiciales, la sociedad, iglesia, e incluso la familia, estigmatizan al sujeto que presenta “esa” conducta desviada. Comienza así una segregación social que implica discriminación laboral, asistencial, educativa, cultural e incluso afectivo, lo cual fomenta la conciencia de dicho sujeto que elabora un auto concepto de persona desviada o antisocial. Este individuo al no encontrar un ambiente social o trato judicial favorable para su desarrollo como persona social, ingresa a una subcultura-delincuente. En la cual encuentra muchas oportunidades para delinquir, se hace criminalmente versátil, adquiere posición o jerarquía (pseudo-autoestima) en su mundo, se hace habilidoso y aumenta su peligrosidad. Así pasa de una desviación primaria a otra desviación secundaria y la desviación secundaria es una consecuencia de quien sufre el etiquetamiento  de los grupos sociales, generando de esta manera comportamientos delictivos.          
            Un ejemplo a este respecto es la fenecida Ley de Vagos y Maleantes (1956), ley que duró vigente  más de cuarenta años y que fue derogada por la extinta Corte Suprema de Justicia en 1997 por inconstitucional y que entre otras consideraciones injustas, calificaba a priori como peligroso al sujeto sin oficio o que sin causa justificada no ejerciera ninguna profesión u oficio, promoviendo una actitud policial prejuiciada, hasta el punto de poder detenerlo para comprobar su inocencia, etiquetando al individuo desempleado de amenaza social. Disponía esa ley lo siguiente:

"Se consideran vagos los que habitualmente y sin causa justificada no ejerzan profesión u oficio lícito y que por lo tanto constituyan una amenaza para la sociedad (…) para su corrección y como medida de defensa social, serán sometidos al régimen de seguridad pautado en la presente ley.."

            Igualmente, los modos de laborar son etiquetados, ejemplo significativo son los buhoneros que siembran de toldos y tarantines las aceras y calles de pueblos, especialmente latinoamericanos. Son considerados abusadores por entorpecer el libre tránsito y el comercio formal (desviación primaria). Cuando la protesta de una parte de la población se hace sentir, los políticos los re-ubican o los desalojan; entonces las marchas y los sibilinos titulares de la prensa hablan de la libertad del trabajo y el círculo vicioso se inicia; pero siguen siendo estigmatizados como lumpen o marginales y delincuentes en potencia; y en efecto algunos ocultan o se aprovechan de los objetos hurtados o robados, otros también se dedican al microtráfico de drogas, entre otros hechos punibles.     
            Otros rasgos etiquetados son la pobreza y la raza, pasan a ser otra variable en el control social que influye en la delincuencia; los grupos sociales a que pertenecen estos individuos vienen siendo estigmatizados. Así vemos como en los EEUU, los latinos, hispanos, negros, indios, pobres, son señalados y discriminados, se les asigna a priori una calificación deplorable, aun cuando nunca haya cometido un delito. Son maltratados por la policía, subestimados por los blancos.
            En ese sentido, cabe destacar como ejemplo actual y foráneo, la ley SB 1070 de Arizona el 23/04/2010, promulgada por la gobernadora Jan Brewer nota publicada por la agencia EFE (2010). Dijo esta mandataria regional norteamericana en su discurso de promulgación:  “… es ilegal no portar documentos de identificación, la policía  podrá  detener  y privar de la libertad, si hay sospecha razonable de que es inmigrante”. Es decir criminalización de la condición de inmigrante con violación evidente a los derechos humanos.
            Ese señalamiento sobre la condición socioeconómica o el color de la piel no es extraña en Venezuela, las clases de estatus superior discriminan al pobre o de menos recursos económicos, se les califica de tierrudos y más si el mestizaje tiñe oscura la piel; se criminaliza lo insólito en un país de mestizos, se tipifica el delito de discriminación racial en la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial (2011).
            También hacia los años sesenta del siglo XX se desarrollaron las tendencias de las criminologías críticas y que tiene como antecedente los postulados marxistas que encasilla al control social de la conducta delictiva dentro del marco de la lucha de clases, de la confrontación entre sectores y grupos sociales diversos, con intereses encontrados o confrontados.
            La Criminología Crítica llama la atención sobre las necesidades de los pobres y los abusos que sufren en general por parte de los sistemas de administración de justicia. Las venezolanas Aniyar de Castro y Del Olmo, junto con Zaffaroni han defendido esa orientación criminológica y a su entender expone Serrano (2008): 
"La criminología positiva convencional se limita a legitimar un poder y el estatus quo injustos (..) el delito es un instrumento de las élites que estereotipa a las clases bajas como delincuentes, mientras que los actos dañosos de los primeros –delitos de cuello blanco y delitos (de color) verde, cometidos por militares- quedan impunes" (p.477).
    
            En relación con el origen de las tendencias críticas, Aniyar y Codino (2013) reseñan la importancia de la Escuela de Frankfurt en los fundamentos de la Criminología Critica con esencial énfasis en el antiautoritarismo postulando la duda sobre el poder y su ejercicio y la liberación o develación  de las relaciones ocultas del poder con intereses de estatus; además de pregonar el respeto o importancia al iushumanismo tanto en el Derecho como en el ejercicio de las instituciones del Estado. Señalan Aniyar y Codino (ob. cit) como propuesta de Frankfurt que “los diferentes pueden llegar a ser mayoría significativa frente a quienes emiten la ley, a los valores impuestos y a lo permitido. Este punto es la brújula para saber en cual lado están los diferentes si del lado del poder o del lado de los sometidos” (p. 241)
            Posteriormente hacia los años setenta del siglo XX, surge en el marco de las teorías del conflicto, nuevas críticas a la Criminología Tradicional, como ciencia causal explicativa; y se abocan un buen número de criminólogos al análisis del control social y los mecanismos de justicia como paradigma de la Criminología Crítica, nueva tendencia epistemológica de la criminología, sin que ello implique una nueva ciencia; pues es simplemente una visión del problema del conflicto social.
            La Criminología Crítica considera que es la sociedad y los mecanismos del control social, quienes criminalizan y pretenden mantener posiciones de privilegio social y político. Esta tendencia criminológica critica, la pretensión de marginar a quienes disienten de la ideología propia de los que detentan el poder y manipulan el Derecho Penal, con consecuentes injusticias estructurales; también critica la posición de la Criminología Tradicional de considerar al delincuente un individuo anormal y patológico; y no un ciudadano normal que las presiones o circunstancias sociales le han incidido como factores criminógenos y delinquen.
            Es interesante observar, que para la Criminología Crítica la figura del control social no constituye una mera respuesta al delito, sino un factor generador de conductas desviadas. En definitiva esta tendencia parece marcar que los grupos dominantes de la sociedad, quienes tradicionalmente acceden al poder político son por su actitud hegemónica, criminalizadoras, definen o formulan el delito. Tienen sus doctrinarios Aniyar y Codino (ob. cit.) una actitud crítica ante todo el control social y el sistema penal subterráneo manejado por aquellas clases relacionadas con el poder; textualmente lo exponen así: “el control social informal se convierte en control social formal” (p. 269), al tener acceso legislativo y criminalizar comportamientos que le son lesivos a intereses de esos grupos.

o   Aniyar, L. y Codino, R. (2013). Manual de criminología sociopolítica.  Buenos Aires: Ediar.
o   EFE Agencia (2010). Arizona bajo ataque del Gobierno Federal de los EEUU por política de inmigración. [Documento en línea]. Disponible en: http://www.publico.es/ internacional/arizona-ve-ataque-del-gobierno.html [Consulta 2011 Diciembre 15].
o   Garrido, V., Stangeland, P., y Redondo, S. (2006). Principios de criminología. (3ª ed.). Valencia, España: Tirant Lo Blanch.
o   García-Pablos, A. (2003). Tratado de criminología, (3ª ed.).Valencia, España: Tirant Lo Blanch.
o   Ley Sobre Vagos y Maleantes (1956). Gaceta Oficial de la República de Venezuela, Nº 25.129 Agosto 16,1956
o   Ley Orgánica contra la Discriminación Racial (2011). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 39.823. Diciembre 19, 2011.
o   Serrano, A. (2008). Introducción a la criminología (5º ed). Madrid, España: Dykinson.

o   Vázquez, C. (2003). Delincuencia juvenil. Consideraciones penales y criminológicas. Madrid: Colex.