lunes, 11 de septiembre de 2017

Teoría Criminológica



TEORÍA CRIMINOLÓGICA
Resumen monográfico (2010) 
Por Msc. Rubén Darío Aguilar Vanegas

  • Teoría como constructo: noción conceptual de Teoría

Una definición muy difundida de teoría es un conjunto de proposiciones interrelacionadas capaces de explicar porque ocurre un fenómeno[1].
Kerlinger y Lee (2002) exponen en su libro[2] que el objetivo fundamental de la ciencia es encontrar una explicación a los fenómenos y entenderlos en procura de solución o comprensión, en consecuencia esa explicación es una teoría, de allí que afirman estos autores que el objetivo básico de la ciencia es la teoría y la definen así: “Teoría es un conjunto de constructos (conceptos) interrelacionados, definiciones y proposiciones que presentan una visión sistemática de los fenómenos al especificar las relaciones entre variables, con el propósito de especificar y predecir los fenómenos” (p.10).
El profesor de Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Madrid (UNED) Serrano Maíllo (2008)[3] define a la teoría como “conjuntos de hipótesis o conjeturas organizadas más o menos sistemáticamente que pueden someterse a contrastaciones mediante la observación de hechos empíricos” (p. 191).
Pero también Serrano-Maíllo (ob. cit.) construye de una noción conceptual de teoría, señala: “Teorías son modelos que intentan reflejar una realidad, definirla, establecer conceptos explicativos, proyectar in abstracto directrices o leyes, relaciones causales. Las hipótesis que se derivan de la teoría se someten a refutación y se contrastan con la realidad.
En ese orden, veamos por ejemplo la “teoría de la disuasión” como profilaxis criminológica o prevención general. Esa teoría sostiene como proposición que  las penas ciertas (en su cumplimiento)  y severas, tenderán a prevenir la comisión de hechos punibles.. Funcionando como amenaza punitiva; sin embargo: la pena de muerte y las penas perpetuas han demostrado en la realidad que en las naciones donde se aplican, no ha dejado de ocurrir delitos graves o mayores, y en muchos casos ha aumentado. Es una hipótesis muy antigua (miles de años antes de Cristo) y que se ha podido contrastar con la observación. Prueba de ello es el endurecimiento del Derecho Penal en el mundo entero y la tendencia a mayor criminalización de comportamientos, debido a la aparición de nuevos medios y maneras de cometer delito, diversificación de los hechos reprochables socialmente, proyección mundial de la delincuencia organizada: terrorismo como el más grave de los delitos, secuestro, extorsión, entre otros; lo que ha suscitado crecimiento de las legislaciones penales de las naciones (en tipificación y en penas) que desde el siglo XX se conoce como Derecho Penal del Enemigo y, Derecho Penal Expansivo.
Sin embargo a pesar de la amenaza punitiva con fines disuasorios, parece no ser enteramente eficaz en revertir la estructura social defectuosa, o en lograr socialización eficiente en la población.
Otro ejemplo, los postulantes de la teoría del etiquetamiento (labeling approach) establecen que la estigmatización de un sujeto como delincuente, le conduce a desarrollar una carrera delictiva. Esa hipótesis aunque si puede ocurrir en algunos casos, también se puede desarrollar una carrera delictiva sin haber sido etiquetado.
Este mismo autor (Serrano-Mailló) ofrece otra definición complementaria: “Las Teorías Criminológicas generalmente son explicaciones amplias y precisas que aspiran a proponer deductivamente hipótesis claras y consistentes entre sí que puedan someterse a intentos de refutación y superarlos con éxito”.. y agrega: “La función o rol de la teoría es explicar, dentro de un marco de estudio, cuantos más fenómenos mejor, y de la manera más precisa, completa y a la vez sencilla posible”. Así las teorías no son meras descripciones de fenómenos que involucran al hecho punible y al delincuente; no sólo sirven para establecer predicciones; debe ofrecer explicaciones razonables de los fenómenos criminológicos.
James Q.  Wilson y George L. Kelling citado por García de Pablos y de Molina(2003)[4] enunciaron la teoría de la ventana rota, cuya muy sucinta hipótesis señala que “los pequeños desordenes llevan a mayores desordenes y quizás incluso al crimen. Los crímenes callejeros serios florecen en áreas en las cuales el comportamiento desordenado se mantiene impune”. De lo cual puedo inferir que la socialización deficiente, genera una estructura social defectuosa, sin control social (ni formal ni informal), en la cual la deficiente vigilancia de las autoridades, y menos control de los ciudadanos, (impunidad) fomentándose zonas y condiciones de mayor oportunidad para delinquir, promoviendo mayor desorganización social, cerrándose en un círculo vicioso que es iniciado por pequeños desordenes sin corrección.
  •  Contenido dinámico de las teorías criminológicas

Serrano-Maíllo (ob. cit.) expone algunos contenidos de las teorías criminológica, considerándolas el corazón de éstas y que originariamente fueron enunciadas como dimensiones analíticas interrelacionadas” por Einstadter y Henry en 1995, también llamadas: «asunciones latentes» o proposiciones articuladas”. Según estos autores (argumento citado por Serrano Maíllo) esas proposiciones son:
1.-Naturaleza humana y el comportamiento humano: toda vez que el delito es producto de una elección racional, lo cual resultaría coherente con un ser humano libre que ejerce su libre albedrío. También puede interpretarse como que el ser humano  es un ser determinado, es decir no libre, que se ve impulsado al delito en cuanto los beneficios superan los costes; o que se ve impelido por condicionamiento socioculturales.
2.- La lógica causal: elemento que desde la criminología positivista se sigue sosteniendo como parte del concepto de la criminología (disciplina causal explicativa): ¿porque algunas personas delinquen?, ¿Por qué unas más que otras?; ¿Por qué existe una determinada tasa de delincuencia en una sociedad o comunidad dada?; ¿Porque esa tasa de criminalidad varia en una misma comunidad?. Y en esta asunción latente (proposición articulada) se han detenido las investigaciones criminológicas desde antes de Platón, señalando como causas:  la ignorancia o falta de educación, la búsqueda del placer, la pobreza, el estatus social, empleo, antecedentes familiares delincuenciales, maltrato, abuso, adicciones, fracasos conyugales, laborales… Pero es que una teoría criminológica no es simplemente una lista de factores causales o eventos vivenciales sociales, biológicos o culturales. De todo lo cual se ha abusado en trabajos de investigación, tesis de postgrado, asignándole a esos listados rango de teoría. Debe haber una correlación entre ese factor y el hecho punible o actos criminales, estadísticamente concatenados. Por ejemplo, con estas dos proposiciones ya podemos construir dos variables: la naturaleza humana y un evento o fenómeno causal, de allí que pudiéramos rudimentariamente hablar de causalidad o relación entre dos o más fenómenos (variables):
Variable Independiente: La variable que influye sobre otra y afecta sus valores. En términos de causalidad, esta variable influye causalmente en la dependiente.
Variable Dependiente: La variable que es influida por la independiente
El concepto de causa criminológicamente debe contener: La existencia de una correlación entre dos fenómenos y que el que constituye la variable independiente sea previo al otro
Ej: los trastornos de la personalidad y las enfermedades mentales son causa del delito (anormalidad biopsicológica –› delito).
Analice este otro ejemplo, Hipótesis: “El consumo de drogas es temporalmente previo a la comisión de delitos; quien cae en el la farmacodependencia luego cometerá delitos”
Variable independiente: consumo de drogas. Delito (VD).  El consumo de drogas es temporalmente previo a la comisión de delitos; quien cae en la farmacodependencia luego cometerá delitos (?). Si no se verifica la hipótesis las variables se invierten.

En esta "proposición artículada", vale la pena unas pinceladas sobre los Enfoques Plurifactoriales  (no teorías) y en principio se debe definir:
ü Factores Concurrentes
Factores o circunstancias que  se estima influyen en el delito, aunque no siempre es así, como tampoco los mismos factores concurrentes tienen idéntico valor o peso cuando inciden en distintos sujetos (Serrano Gómez (1978)
ü Factores de Riesgo: Es una situación o circunstancia que predice una cierta probabilidad de que se delinca en el futuro. Estos factores deben correlacionarse y son considerados factores previos al delito. Vásquez González (2003) Monografía sistematización de factores de riesgo
Factores Individuales:
Biológicos, Físicos, Psicológicos inhibidores y facilitadores de la competencia social: insuficiente desarrollo de estructura cognitiva, bajo auto concepto, pensamiento egocéntrico, déficit en el comportamiento afectivo, deficiencias en el conflicto familiar, déficit en habilidades sociales, impulsividad…
Factores Familiares:
Falta de supervisión de los padres, actitudes crueles, pasivas, negligentes y violentas de los padres; disciplina férrea; conflictos familiares; malos ejemplos de conducta; falta de comunicación entre padre e hijos; carencias afectivas, falta de enseñanza de valores; marginación socioeconómica..
Factores Socioeducativos:
Fracaso escolar, vandalismo escolar
Otros Factores Socio-ambientales:
Grupo de amigos, desempleo, drogas, medios de comunicación

 Las otras “dimensiones analíticas interrelacionadas”, “asunciones latentes”, "proposiciones artículadas" o simplemente ocontenidos esenciales en toda teoría criminológica están según Einstadter y Henry (citado arriba)
3.- La sociedad y el Orden Social:
4.- Proyectar el rol de la Ley, la definición del delito y la imagen del delincuente.
5.- Las implicaciones de justicia criminal
En estas dimensión  encontramos el control social informal o estructura moral del tejido social que limita o censura comportamientos socialmente reprochables; y por otro lado el control social formal que comparte con el Estado en su andamiaje de estructuras disuasivas, represivas y sancionadoras (como la ley, policías, tribunales, centros penitenciarios y entes educadores y criminalizadores del Estado –Programas educativos-legislador penal-). Proposiciones que deben estar en continuo ajuste en una nación.

Importancia de las Teorías Criminológicas
Según Serrano (ob. cit.) podemos sintetizar que la teoría debe guiar la investigación;  explica etiológicamente la criminalidad, no basta producir «catálogos» de factores de riesgo. En la teoría se organiza las medidas de prevención y control del delito que se vayan a tomar. Así la política criminal debe estar basada en teoría y en hechos. Permite una defensa seria contra posturas intolerantes y falsas; y finalmente la teoría ofrece generalizaciones abstractas sobre el delito, es decir pone cierto orden y selección a los factores más relevantes.

Los dos polos explicativos de la criminalidad
El surgimiento del positivismo criminológico, lombrosiano, implicaba el hecho reprochable social y penalmente a desordenes bio-psico-orgánicos o endógenos, época cuando se llegó a denominar a la criminología: “antropología criminal” marcó la etapa del derecho penal de autor, cuando se establecía el castigo según cuan peligrosos era el presunto culpable. Sin embargo los juristas de la Escuela clásica ganaron el debate sancionatorio exponiendo el delito como hecho jurídico y la pena como una retribución al mal ocasionado por el delito (pena retributiva) y estableciendo en los códigos penales que se castiga por el hecho cometido (no por la peligrosidad del procesado), con penas establecidas según el hecho, en la letra de la norma penal.
Ahora bien la criminología entró en una brillante etapa sociológica, de hecho se le llego a denominar “sociología criminal” con Ferri, y surgieron las teorías sociológicas del delito:

Explicación sociológica del delito
A.- Teorías de la socialización deficiente
Estas Teorías parecen centrar su explicación de la delincuencia en procesos deficientes de socialización –unas más que otras-; es decir los individuos exhiben un defectuoso proceso de aceptación de pautas de comportamiento social o para adaptarse a ellas; ya sea por un defectuoso aprendizaje en la infancia, o por imitar, asociarse o integrarse en diversos grupos o subculturas delincuentes. Me permití mencionar algunas emblemáticas:
1.-Teoría de la Desorganización Social  Escuela de Chicago (Teoría Ecológica Urbana)
2.-Teoría de la Asociación Diferencial de Sutherland
3.- Privación de Status y Subcultura delictiva de Albert Cohen (1955)

B. Teorías de la Estructura Social Defectuosa
Las teorías que a continuación se enuncian, asumen en menor o mayor grado  que la causa principal de la delincuencia estriba en el trastorno y la inestabilidad de las estructuras e instituciones sociales, Deterioro del tejido social en sus esencias morales o valorativas, y que facilita la criminalidad como consecuencia de la desorganización social.
1.- La Anomia según Emile Durkheim (1858 – 1917)
2.-Teoría de la Estructura Social y de la anomia o Tensión Anomia de Robert K. Merton (1910- 2003)
4.-Teoría General de la Delincuencia o del Autocontrol o de Arraigo Social de Gottefredson & Hirschi.
5.- Teoría de la Ventana Rota.  James Q.  Wilson y George L. Kelling

C.- Teorías de la Criminalización o Teorías del Conflicto
Finalmente aparece una nueva tendencia criminológica hacia los años sesenta del Siglo XX, que constituye una reacción contra la criminología tradicional, la que hasta ahora hemos descrito, basada en el paradigma del consenso, es decir que concibe la criminalidad como un hecho, fenómeno y problema social real, que debe ser explicado y controlado. Por el contrario el paradigma base de esta reciente tendencia criminológica (grupo de teorías) es el conflicto: la delincuencia, los delincuentes sólo existen en la medida que los mecanismos de control establecidos los definen y los tratan como tales[5]
     Además consideran estos teóricos que las leyes y la justicia son una mera consecuencia resultante de la delincuencia existente en la sociedad. Las normas, leyes, pautas sociales definen la conducta o los comportamientos que exhiben los grupos socioeconómicos desfavorecidos como delictivos; dicho de otra manera los mecanismos de control social son los que en realidad definen y crean la delincuencia existente en la sociedad. Como ejemplo de estas citaremos algunas relevantes:
1.- Teoría del Etiquetado (Labeling Approach) o Teoría de la Reacción Social
2.- La Teoría estructural-marxista de la producción de la delincuencia juvenil
3.-Criminología Crítica
4.- La Teoría Unificada del Conflicto

Características o Criterios de Evaluación de las Teorías Según Serrano-Maíllo (ob. cit.)
1.- Coherencia interna: su conjunto sistemático de hipótesis deben estructurarse de la manera más lógica posible.
2.- Ámbito de aplicación de la teoría: cuanto más amplio sea, tanto más preferible será
3.- Simplicidad: cuanto más sencilla más fácil de refutar será y más preferible. Sencilla será, si concurren el menor número posible de afirmaciones, de distinciones y de excepciones
4.- Precisión: las teorías deben definir sus conceptos y variables, sus procesos causales y sus predicciones de la manera más precisa posible.
5.- Apoyo empírico: que se sometan efectivamente a serios intentos de contrastación, mediante investigaciones empíricas, si esto se cumple más verosímil será la teoría.
6.- Aplicación práctica: útil para la prevención y control de la criminalidad




Referencias citadas
[1] http://www.tecnicas-de-estudio.org/investigacion/investigacion14.htm
[2] Kerlinger  F. y Lee Howard (2002) “Investigación del Comportamiento. Método de Investigación en Ciencias Sociales” 4ta Ed. Mc Graw-Hill; Libro en línea: https://psicologiaexperimental.files.wordpress.com/2011/03/kerlinger-y-lee-cap-1.pdf (p.10 y 11)
[3] Serrano-Maíllo A (2008) Introducción a la Criminología5ta Ed. Dykinson. Madrid
[4] García-Pablos, A. (2003). Tratado de criminología, (3ª ed.).Valencia, España: Tirant Lo Blanch. 
[5] Garrido V., Stangeland P., y Redondo S. ob cit. 2006 p.386

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